El Poder Ejecutivo por decreto con fecha 15 de diciembre de 2020, establece que los usuarios de los prestadores de salud podrán cambiar de institución asistencial entre los meses de marzo y diciembre, quedando eliminado el denominado «Corralito mutual».

El requisito que el usuario debe cumplir para poder hacerlo es tener una antigüedad de dos años con el mismo prestador de salud.

En este sentido, el BPS publicó una lista el pasado 31 de diciembre, en donde indica quienes cumplen con las condiciones para cambiarse de prestador este año y lo podrían hacer en la fecha que coincida con el último dígito verificador de su cédula de identidad (último número).

De esta forma, a partir del 1° de marzo del corriente, podrán cambiarse aquellos usuarios que el último dígito verificador de su cédula de identidad termine en tres.

En los meses siguientes: usuarios cuyo último dígito verificador de su cédula termine en cuatro podrán cambiarse en abril, cinco en mayo, seis en junio, siete en julio, ocho en agosto, nueve en setiembre, cero en octubre, uno en noviembre y dos en diciembre.

Por más información sobre este tema, puede comunicarse con nuestro Departamento de Afiliaciones llamando al 473 31000 interno 324 y 325.

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